PUNTOS CLAVE
- La autorización general de empleo (autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena) es la vía habitual en España para puestos de trabajo estándar, no altamente cualificados, cuyos salarios se sitúan por debajo de los umbrales salariales establecidos para los profesionales altamente cualificados y la Tarjeta Azul de la UE.
- La mayoría de las solicitudes requieren una comprobación del mercado laboral (Situación Nacional de Empleo): una publicación de la oferta de empleo en el SEPE durante 15 días, además de un certificado de no hallazgo, lo que supone un plazo adicional de entre 3 y 4 semanas, salvo que el puesto figure en la Lista de profesiones con escasez de mano de obra.
- La empresa presenta el formulario EX-03 ante la Oficina de Extranjería provincial y abona la tasa 790-062; el empleado abona la tasa 790-052.
- La tramitación estándar tarda entre 1 y 3 meses por provincia, frente a los aproximadamente 20 días laborables que tardan los casos de HQP y Tarjeta Azul a través de la UGE-CE.
Cuando un puesto de trabajo en España no cumple los umbrales salariales ni los criterios de especialización del visado para profesionales altamente cualificados (HQP) previsto en la Ley 14/2013, la vía principal es la Autorización General de Empleo (Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena).
¿Qué es el permiso de empleo por cuenta ajena?
El permiso general de trabajo, cuyo nombre oficial es «autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena», es la autorización de residencia y trabajo por defecto en España para los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que ocupan puestos de trabajo estándar patrocinados por una empresa. Se enmarca en el régimen general de inmigración español, regulado por el Real Decreto 1155/2024, en vigor desde mayo de 2025. En la documentación oficial y en los portales de Extranjería también se utiliza la forma abreviada «residencia por cuenta ajena» o «trabajo por cuenta ajena»; todas estas denominaciones se refieren a la misma autorización para trabajar por cuenta ajena (como empleado) en España.
Úsalo cuando el rol no cumpla los requisitos para las rutas más rápidas:
- Salario inferior al umbral mínimo de unos 40 000 € exigido para el permiso HQP o la Tarjeta Azul de la UE.
- Un puesto que no se considera altamente cualificado, como, por ejemplo, las funciones de operaciones generales, de apoyo o administrativas.
- Una contratación sin el título universitario ni los cinco años de experiencia equivalente que exigen los casos de HQP y de la Tarjeta Azul.
Para los puestos que cumplan los requisitos, nuestro visado de trabajo en España para trabajadores cualificados incluye las opciones más rápidas: el HQP y la Tarjeta Azul.
El principal obstáculo: la prueba del mercado laboral (Situación Nacional de Empleo)
La Situación Nacional de Empleo (SNE) es lo que pone en aprietos a los equipos. Su finalidad es proteger a la mano de obra nacional, por lo que, antes de contratar a alguien de fuera de la UE, hay que demostrar que no había ningún candidato español o de la UE adecuado disponible.
En la práctica, el SNE significa:
- Publicar la oferta de empleo a través del SEPE durante un plazo mínimo de 15 días.
- Obtención de un certificado negativo que confirme que no se ha presentado ningún candidato adecuado.
- Adjuntar ese expediente de pruebas a tu solicitud EX-03.
Lo ideal es que tarde entre 3 y 4 semanas. Si se hace mal, provoca un rechazo y hay que volver a empezar desde cero. Un anuncio demasiado breve, un portal de empleo inadecuado o la falta de documentación del candidato son motivos de rechazo. Sinceramente, la mayoría de los equipos subestiman este paso; hay que tratarlo como la ruta crítica, no como algo secundario.
¿En qué casos se exime de la prueba de mercado laboral?
Si el puesto figura en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, se exime por completo de la prueba. También están exentos, en virtud de tratados, los ciudadanos de determinados países, entre ellos los chilenos y los peruanos. Consulta la lista antes de publicar cualquier oferta; nuestra guía para empleadores sobre la prueba del mercado laboral español detalla exactamente en qué casos puedes omitirla.
Requisitos fundamentales para empleadores y solicitantes
Para el empleador:
- Debe estar dado de alta en la Seguridad Social española y al corriente de todas sus obligaciones fiscales y administrativas.
- Debe demostrar que dispone de recursos económicos suficientes para mantener la empresa y hacer frente al salario acordado.
- Se debe ofrecer un contrato de trabajo vinculante que cumpla con elconvenio colectivo correspondiente. El salario debe ser, como mínimo, igual al salario mínimointerprofesional (SMI) o al salario mínimo establecido en el convenio sectorial correspondiente.
Para el solicitante:
- Debe ser ciudadano de un país no perteneciente a la UE, al EEE o a Suiza.
- Debe tener un historial penal limpio durante los últimos 5 años en todos los países en los que haya residido.
- No debe encontrarse en situación irregular en territorio español en el momento de presentar la solicitud (la solicitud debe tramitarse mientras se resida fuera de España).
- Debe poseer las cualificaciones profesionales pertinentes o la experiencia demostrada que se exige para el puesto.
Proceso de solicitud paso a paso para la «Cuenta ajena»
Todo el proceso de solicitud se centra en la empresa. Esta es la secuencia:
- Realice la prueba del mercado laboral (salvo que esté exento) y obtenga el certificado negativo.
- Presenta el formulario EX-03 en la Oficina de Extranjería provincial correspondiente al lugar de trabajo.
- Abona las tasas: Tasa 790-062 (empresario, permiso de trabajo) y Tasa 790-052 (trabajador, permiso de residencia).
- Espera a recibir la autorización. El plazo máximo legal es de tres meses; por lo general, la falta de respuesta se considera una denegación.
- Una vez aprobada, su empleado deberá solicitar el visado de entrada en el consulado de su país de origen en el plazo de un mes.
- Tras su llegada, el empleado solicita una cita previa para la toma de huellas dactilares y recoge la tarjeta TIE.
- Inscriba al empleado en la Seguridad Social a partir de su primer día laborable autorizado, no antes.
El importe del 062 varía en función del salario y se actualiza anualmente, por lo que debes confirmar la cifra vigente en la Sede Electrónica de España en el momento de presentar la solicitud. La expedición del TIE conlleva una tasa independiente (790-012) que se abona a la Policía Nacional.
Cuenta ajena, HQP o Tarjeta Azul de la UE: ¿qué opción es la más adecuada?
Antes de presentar cualquier solicitud, comprueba que el puesto no pueda acogerse a un procedimiento más rápido. Optar por la «cuenta ajena» para un puesto que cumple los requisitos del programa HQP supone semanas de retrasos evitables y una prueba de mercado laboral que no era necesaria.
Si el puesto cumple los requisitos para el HQP o la Tarjeta Azul, acéptalo. La «cuenta ajena» es la opción a la que hay que recurrir cuando no sea así.
En el caso de contrataciones de gran volumen o específicas de determinados sectores, como la construcción, la agricultura, la logística o la hostelería, el procedimiento de «cuenta ajena» funciona de forma diferente; nuestro servicio de visados de trabajo para trabajadores no cualificados en España cubre las cuotas estacionales y los puestos incluidos en la Lista de Profesiones con Escasez de Mano de Obra, que están exentos de la prueba de mercado laboral.
¿Cómo funciona la renovación de la cuenta ajena?
La residencia por cuenta ajena inicial se concede por un año. Antes de que caduque, la renovación de la residencia por cuenta ajena la tramitan conjuntamente el empresario y el trabajador, y el procedimiento es más sencillo que el de la primera solicitud, ya que no se aplica la prueba de mercado laboral.
- Sin evaluación del mercado laboral: el procedimiento de renovación de la residencia y el permiso de trabajo por cuenta ajena prescinde por completo de la Situación Nacional de Empleo —no es necesario presentar la notificación del SEPE ni el certificado negativo—.
- Plazo de presentación: presenta la solicitud de renovación en las semanas previas a la fecha de vencimiento del permiso, con un breve periodo de gracia posterior; confirma las fechas exactas según el Real Decreto 1155/2024 en el momento de la presentación.
- Mayor duración: una renovación satisfactoria de la residencia como trabajador por cuenta ajena amplía la autorización por un plazo superior al del permiso inicial de un año, con una nueva renovación en el siguiente ciclo.
- Pruebas de la Seguridad Social: debes demostrar que el trabajador ha cotizado efectivamente en virtud del contrato por cuenta ajena durante el período mínimo exigido.
- Comprobación de deudas: las deudas pendientes con la AEAT o la Seguridad Social impiden la renovación, del mismo modo que impiden la concesión del permiso inicial de trabajo por cuenta ajena.
Tras cinco años de residencia y trabajo por cuenta ajena de forma ininterrumpida, el trabajador suele poder solicitar la residencia de larga duración en la UE en lugar de presentar otra solicitud de renovación.
Riesgos de cumplimiento que dan lugar a rechazos
Las autoridades españolas buscan motivos para emitir un «requerimiento» (una solicitud formal de más documentos) o para denegar la solicitud de plano. Los motivos de denegación más habituales son:
- Código TASA incorrecto: se han confundido los códigos 790-052 y 790-062. No son intercambiables y este error provoca el rechazo inmediato de la solicitud.
- Salario inferior al umbral: un contrato en el que la remuneración es inferior al SMI o a la tarifa establecida en el convenio colectivo aplicable.
- Deudas pendientes de la empresa: deudas pendientes con la Agencia Tributaria (AEAT) o con la Seguridad Social en el momento exacto de la presentación de la solicitud.
- Pruebas insuficientes de SNE: publicidad de menos de 15 días o en un portal no autorizado.
- Incorporación prematura: permitir que el empleado comience a trabajar antes de disponer de la autorización por escrito.
El empleo ilegal, según el Real Decreto 1155/2024, puede acarrear una multa de hasta 100 000 € por trabajador. La realidad es que una ventaja de dos semanas nunca compensa ese riesgo.
Si el empleado pasa posteriormente a trabajar para otra empresa española, se aplica la misma normativa documental a la presentación de la modificación; nuestralista de comprobación de documentos para el cambio de empresa detalla exactamente qué hay que presentar y los errores que dan lugar a un requerimiento.
Cómo gestiona « Jobbatical » la «cuenta ajena» para tu equipo
Llevar a cabo correctamente el SNE, seleccionar la tasa adecuada y gestionar la cita para el TIE supone un alto riesgo desde el punto de vista procedimental para un equipo que lo hace por primera vez. Jobbatical gestiona todo el proceso de contratación de personal externo de principio a fin: comprobaciones de elegibilidad, validación de la prueba de mercado laboral, presentación del formulario EX-03, gestión de tasas y coordinación del TIE, con un seguimiento del cumplimiento normativo en todas las provincias.
Aviso legal: Las normas de inmigración cambian con bastante frecuencia; por favor, consulte fuentes oficiales o póngase en contacto con nosotros para obtener la información más reciente antes de tomar cualquier decisión.
Preguntas frecuentes: Permiso general de trabajo en España (Cuenta Ajena)



