PUNTOS CLAVE
- La carta de invitación es el principal motivo de denegación; la falta del número IMO, una descripción imprecisa de la salida o la ausencia del itinerario del buque dan a la Policía de Fronteras motivos para denegar la solicitud.
- Solicitar la entrada como visitante en lugar de hacerlo con la autorización de embarque es un error habitual que reinicia el plazo para el cambio de tripulación. Los documentos SID de los países signatarios del Convenio 185 de la OIT (por ejemplo, Francia, Brasil o la India) deben indicar el nombre del convenio; un libro de marítimo que no incluya dicha indicación no será válido.
- La Policía de Fronteras, incluso si el país figura en la lista. Los trabajadores del sector eólico marino no pueden utilizar esta vía; la autorización se retiró en mayo de 2023.
- Si se utiliza una categoría de visado incorrecta, su empresa se expone a responsabilidades por empleo ilegal. La mayoría de las denegaciones se pueden evitar comprobando la elegibilidad en función de la nacionalidad y redactando una carta adecuada antes de presentar la solicitud.
Por qué tu cambio de tripulación está en peligro
La denegación de un visado de embarque en el Reino Unido no solo retrasa a un tripulante. Retrasa la escala en el puerto, complica las operaciones del buque y puede suponer al armador un gasto de decenas de miles de libras en demoras. La mayoría de las denegaciones se pueden evitar, pero solo si se sabe exactamente por qué se producen.
A continuación se enumeran las 11 razones más comunes por las que Border Force o UKVI rechazan una solicitud de visado para incorporarse a un buque, junto con la solución para cada una de ellas.
Los 11 motivos más comunes de denegación del visado «Join Ship» en el Reino Unido
1. La carta de invitación está incompleta o redactada de forma incorrecta
Este es el principal motivo de denegación. La Policía de Fronteras aplica un criterio subjetivo: debe quedar convencida de que el tripulante se va a embarcar realmente en un buque que va a zarpar, y no tiene intención de quedarse en el Reino Unido.
- Falta: número de la OMI, ruta de salida, puerto de embarque o confirmación de que el buque abandona las aguas del Reino Unido
- Solución: Utilice una plantilla de carta en la que se indiquen expresamente el nombre del buque, el número OMI, el puerto, la fecha prevista de salida y una declaración clara de que el buque abandonará las aguas territoriales del Reino Unido.
2. Solicitud de una categoría de visado incorrecta
Se rechazará la solicitud de los marinos que la presenten por la vía de visitante estándar en lugar de mediante la autorización de «incorporación a un buque». Dicha autorización determina sus condiciones de entrada.
- Solución: La solicitud debe presentarse bajo la categoría de permiso de entrada correcta. Si tu agencia de contratación de tripulantes se encarga de tramitar las solicitudes, confirma que estén utilizando la vía de «incorporación a un buque», y no un visado de visitante general.
3. El SID no indica el nombre del convenio
Países como la India, Brasil y Francia han ratificado el Convenio núm. 185 de la OIT tras denunciar el Convenio núm. 108 de la OIT. Sus marinos siguen estando exentos de visado, pero solo si en el Documento de Identidad de la Gente de Mar (SID) se indica expresamente que se ha expedido en virtud del convenio correspondiente.
- Solución: Comprueba el texto del SID antes de cada cambio de tripulación. Un libro de marítimo que no incluya la declaración del convenio será rechazado por las autoridades fronterizas, independientemente del estado de ratificación del país emisor.
4. Tripulante clasificado erróneamente como exento (comprobación incorrecta de la nacionalidad)
Los responsables de la dotación a veces dan por sentada la exención basándose en la empresa para la que trabaja el tripulante, el pabellón del buque o el puerto de origen, y no en su nacionalidad. La exención se aplica únicamente en función de la nacionalidad.
- Solución: Realice una comprobación de conformidad con los Convenios 108 y 185 de la OIT a nivel nacional para cada marino antes de confirmar la lista de tripulantes. Verifique la información con las directrices actuales del Ministerio del Interior sobre marinos (GOV.UK), ya que la lista ha cambiado tras el Brexit.
5. No hay indicios de que el buque vaya a abandonar las aguas del Reino Unido
En el caso de los buques que operan en el mercado al contado o sin horario fijo, no basta con una carta de invitación imprecisa que no incluya un calendario de escalas. Las autoridades fronterizas deben tener la certeza de que el buque va a zarpar, y no de que va a permanecer en aguas del Reino Unido.
- Solución: Adjunte a la carta de invitación los registros de movimiento del buque, los horarios portuarios o extractos del contrato de fletamento. Cuanto más concreta sea la prueba de la salida, menor será el riesgo de denegación.
6. El papel de la energía eólica marina: un enfoque erróneo
La concesión del sector eólico marino fue retirada en mayo de 2023. Los trabajadores que operan en un radio de 12 millas náuticas de la costa del Reino Unido están ahora sujetos al control total de inmigración del Reino Unido.
- Solución: Si sus marineros trabajan en instalaciones eólicas marinas en lugar de en buques que zarpan de aguas británicas, necesitan un procedimiento de visado de trabajo para el Reino Unido distinto, no el visado «Join Ship». Utilizar el procedimiento incorrecto expone a su empresa a responsabilidades por trabajo ilegal.
7. Pasaporte con una validez inferior a 6 meses
Es sencillo, pero sorprendentemente habitual. El UKVI exige que el pasaporte tenga validez durante todo el periodo de vigencia del visado.
- Solución: Incorpora una comprobación de la validez del pasaporte a tu lista de verificación estándar para la elaboración de turnos de la tripulación. La persona que trabaja en el mar debe renovar su pasaporte antes de presentar la solicitud; no hay ninguna alternativa.
8. Falta de un contrato de trabajo válido para la gente de mar (SEA)
El visado de embarque exige que la persona que se dedica a la navegación marítima viaje en virtud de un contrato. Sin un contrato válido que cumpla con el Convenio SEA/MLC, no se cumple la condición para la autorización de entrada.
- Solución: Compruebe que el SEA esté firmado, cumpla con el Convenio MLC de 2006 y se refiera al buque y al viaje concretos antes de presentar la solicitud
9. Solicitud presentada demasiado cerca de la fecha de llegada del buque
La tramitación estándar tarda unas tres semanas desde la presentación de los datos biométricos. Las solicitudes presentadas cuando faltan menos de tres semanas para la escala se consideran de alto riesgo, y una denegación sin tiempo para volver a presentar la solicitud implica perder el cambio de tripulación.
- Solución: Prevé un plazo mínimo de tres semanas en la planificación del relevo de tripulación. En caso de cambios de última hora, calcula el coste del servicio prioritario (5 días laborables); sale mucho más barato que un retraso en el puerto.
10. Inconsistencias entre el formulario de solicitud y los documentos justificativos
Cualquier discrepancia en el nombre, la fecha de nacimiento o los datos del buque del tripulante entre la solicitud y los documentos justificativos suscita dudas sobre su veracidad.
- Solución: Comprueba minuciosamente todos los datos —la ortografía del nombre completo, la fecha de nacimiento y el nombre del buque— en el formulario de solicitud, la carta de invitación, el SEA y el pasaporte antes de presentarlos. Un simple error puede provocar denegaciones que tardan semanas en resolverse.
11. No se ha revelado el historial migratorio previo
Los marinos que hayan sufrido denegaciones de visado para el Reino Unido, hayan permanecido en el país más tiempo del permitido o hayan sido objeto de medidas coercitivas de inmigración en el Reino Unido deben comunicarlo. La omisión de esta información se considera un engaño, lo que puede acarrear una prohibición de entrada de 10 años.
- Solución: Pregunte a los miembros de la tripulación por su historial completo de inmigración en el Reino Unido antes de presentar la solicitud. Indique con precisión todos los rechazos anteriores, incluso si el resultado fue de carácter administrativo o se debió a un error de un empleador anterior.
Diagrama de flujo de la decisión sobre el visado para el Reino Unido: desde la planificación inicial de la tripulación hasta la presentación de la solicitud
Qué hacer tras una denegación
No hay ningún plazo de espera obligatorio. Su tripulante puede volver a presentar la solicitud inmediatamente una vez que se haya resuelto el motivo del rechazo. Esto es lo que debe hacer:
- Lee atentamente la carta de denegación; UKVI indicará los motivos concretos
- Corrija el problema subyacente (error en el documento, redacción de la carta, categoría incorrecta)
- No vuelvas a enviar la misma solicitud con el mismo error
- Si la denegación se basó en una constatación de engaño, solicite asesoramiento jurídico antes de volver a presentar la solicitud
El equipo de inmigración marítima de Jobbatical revisa las cartas de denegación, identifica la solución concreta que se necesita y se encarga de presentar una nueva solicitud, reduciendo los plazos al mínimo posible.
Incorpora medidas para evitar el abandono en tu proceso de contratación de personal
La realidad es que la mayoría de las denegaciones de visados «Join Ship» se deben a los mismos errores de siempre: letras incorrectas, categorías erróneas y comprobaciones de nacionalidad omitidas. Una lista de verificación estructurada previa a la solicitud permite evitarlos.
Si tu empresa también se encarga de gestionar los visados de trabajador cualificado del Reino Unido o del cumplimiento de la licencia de patrocinador para el personal en tierra, Jobbatical gestiona tanto los trámites de inmigración marítima como los de tierra del Reino Unido desde una única plataforma.
Aviso legal: Las normas de inmigración cambian con bastante frecuencia; por favor, consulte fuentes oficiales o póngase en contacto con nosotros para obtener la información más reciente antes de tomar cualquier decisión.





